NUNCA EN AUTOPISTA O AUTOVÍA

La DGT recuerda cuáles son las situaciones en las que se puede circular marcha atrás

Conducir marcha atrás | Newspress
Ponle Freno
  Madrid | 13/09/2024

Circular marcha atrás, salvo en casos muy concretos, no está permitido, según recoge la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

La DGT ha recordado por la red social X cuales son las situaciones en las que sí que está permitido circular marcha atrás y cómo debe hacerse. Recuerda que en autopista y autovía no se permite circular marcha atrás. Estas son las situaciones en las que sí que se puede:

1. Cuando no hay otra opción

Es decir, en caso de que no puedas continuar circulando hacia adelante, ni puedas girar ni dar la vuelta.

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2. Estacionamiento

Es uno de los motivos más comunes, en caso de tener que realizar una maniobra de estacionamiento sí está permitido circular marcha atrás. Del mismo modo, si tu vehículo está estacionado y se va a reincorporar a la circulación puede circular marcha atrás para salir de su estacionamiento e incorporarse a la vía.

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3. Parada

También se puede circular marcha atrás como parte de una maniobra complementaria de parada.

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¿Cómo hacerlo?

Lo primero que debes hacer es, antes de comenzar a circular marcha atrás, observar que alrededor del vehículo no hay nadie y, por tanto, puede realizar la maniobra con seguridad, y engranando la marcha atrás de tal modo que se enciendan las luces traseras.

Si se encuentra en un estacionamiento recuerde que no puede recorrer más de 15 metros marcha atrás, al igual que si tiene que salir de una zona con poca visibilidad debe bajarse del coche para ver mejor o siga las indicaciones de alguien que pueda ver bien la vía. También se recomienda no realizar la maniobra de marcha atrás con el pedal del embrague a fondo o en punto muerto.