TRÁMITE OBLIGATORIO
Cómo identificar al conductor de una infracción realizada con tu vehículo
Si es otra persona la que conducía tu vehículo cuando se cometió la infracción y la Dirección General de Tráfico (DGT) no lo ha podido identificar, debes hacerlo tu mismo, como titular del vehículo, o podrías enfrentarte a una sanción.
Si no identificas al conductor, se considerará como una infracción muy grave y puede acarrearte la imposición de una multa de cuantía importante. Además, no podrás beneficiarte de la reducción del 50% por pago dentro del periodo voluntario.
Por este motivo, te contamos los pasos que debes seguir parar realizar este procedimiento:
¿Qué necesitas?
En cuanto recibas una comunicación de la DGT con un requerimiento para identificar a un conductor que ha cometido la infracción con tu vehículo, debes iniciar el trámite en el mismo documento o de forma presencial en las oficinas de la DGT.
De modo que, tienes que complementar el nombre, apellidos, DNI (o pasaporte o permiso de residencia), y domicilio fiscal de la persona que conducía tu vehículo.
¿Qué medios hay parar identificar al conductor?
- Por internet, con o sin identificación previa.
Necesitarás tener a mano la comunicación que se te ha entregado con el requerimiento de identificar. En ella, encontrarás el número de expediente y el código de la notificación, que habrá de ser introducirlo en las casillas correspondientes del formulario.
Sin embargo, puede haber dos supuestos en los que no se pueda hacer la identificación por internet: cuando el conductor no resida en territorio español y cuando no tenga el permiso o licencia de conducir adecuada para el vehículo que conducía y con el que ha cometido la infracción. En estos casos tendrá que realizarse por cualquier otro de los medios disponibles.
- Por correo postal, devolviendo el impreso recibido, debidamente cumplimentado, a la dirección de la Jefatura de Tráfico que aparece en dicho documento, o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.
- Presencialmente, entregando toda la documentación en cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico. En este caso, se necesita solicitar cita previa por internet o llamando al 060.
¿Quién puede realizarlo?
La persona titular del vehículo con el que se ha cometido la infracción y que haya recibido el requerimiento por parte de la DGT o cualquier persona autorizada en su nombre, designado a través del Registro de apoderamientos o con un documento en el que aparezca el DNI original y una firma del interesado donde autorice a realizar la solicitud, y donde exprese su carácter gratuito. Para ello, debe descargarse y rellenarse el modelo de autorización de la DGT "Otorgamiento de representación".
Si el trámite lo va a realizar otra persona en nombre del propietario, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.
Plazo de presentación
Hay un plazo de 20 días naturales, contados desde el día siguiente al que haya llegado la comunicación con el requerimiento. En caso de no recibir la mencionada comunicación, se dispone de otros 20 días naturales que empiezan a contar desde el día siguiente a su publicación en el Tablón Edictal Único.
Coste del trámite
La identificación del conductor es un trámite gratuito.
¿Dónde está regulado este trámite?
- Código SIA. 202325.
- Normativa reguladora: Ley 16/1979, de 2 de octubre, sobre tasas de la Jefatura Central de Tráfico.